Si alquilas tu vivienda vacacional, tienes que comunicar los datos de los viajeros y de la reserva al sistema oficial del Ministerio del Interior, SES.Hospedajes. El plazo es de 24 horas como máximo desde la reserva y otra vez desde la entrada de los huéspedes (art. 6.3 RD 933/2021). Si lo haces de forma profesional, además debes conservar el registro tres años. Omitir estas comunicaciones puede ser infracción grave. En las viviendas que gestionamos, nos encargamos nosotros.
En corto
- La norma es el Real Decreto 933/2021, y alcanza también a apartamentos, bungalows y alojamientos turísticos similares (art. 2.1).
- Se comunican datos de cada viajero y de la transacción: contrato, fechas, inmueble y pago (anexo I).
- Hay dos momentos con plazo de 24 horas: la reserva (o su anulación) y el inicio de la estancia (art. 6.3).
- Quien alquila de forma profesional guarda el registro tres años; quien no es profesional solo comunica (art. 5.3 y 5.4).
- Saltarse las comunicaciones es infracción grave, con multas desde 601 € (LO 4/2015).
Qué es el registro de viajeros y a quién afecta
El Real Decreto 933/2021 obliga a quienes prestan servicios de hospedaje a registrar y comunicar los datos de sus clientes. Se aplica tanto si la actividad es profesional como si no, e incluye expresamente «apartamentos, bungalows y otros alojamientos similares de carácter turístico» (art. 2.1). El preámbulo menciona las viviendas turísticas de corta duración.
Dicho de forma práctica: si tienes un apartamento en Playa del Inglés o un bungalow en Maspalomas alquilado por noches a turistas, esto va contigo, tanto si lo llevas tú como si lo gestiona una empresa. Es una obligación distinta de la habilitación turística que regula la Ley 6/2025.
Qué datos hay que recoger
El anexo I del real decreto separa dos bloques:
| Bloque | Datos |
|---|---|
| Viajeros | Nombre y apellidos, sexo, documento de identidad y su número de soporte, nacionalidad, fecha de nacimiento, residencia, teléfono, correo electrónico, número de viajeros y, si hay menores, relación de parentesco |
| Transacción | Datos del contrato, fechas y horas, datos del inmueble y datos del pago |
Son bastantes datos, así que conviene pedirlos antes de la llegada y no con prisas en la puerta.
Plazos: 24 horas
La comunicación debe hacerse de forma inmediata y, en todo caso, en un máximo de 24 horas (art. 6.3):
| Momento | Qué se comunica | Plazo máximo |
|---|---|---|
| Reserva o contrato | Datos de la reserva | 24 horas desde la reserva |
| Anulación | La cancelación de esa reserva | 24 horas desde la anulación |
| Inicio de la estancia | Datos de los viajeros que llegan | 24 horas desde la entrada |
Un ejemplo: una familia reserva en marzo una semana de agosto en Puerto Rico. La primera comunicación toca en las 24 horas siguientes a la reserva de marzo, y la segunda, en las 24 horas siguientes a su llegada en agosto. Si en junio cancelan, la anulación también se comunica en 24 horas.
Cuánto tiempo hay que guardar los datos
Quien presta el servicio de forma profesional debe conservar el registro durante tres años desde que termina el servicio (art. 5.3). El ejercicio no profesional queda exceptuado de llevar el registro y de conservarlo, aunque sí tiene que hacer las comunicaciones (art. 5.4).
Si no tienes claro en cuál de los dos casos estás, consúltalo con tu asesor o con un abogado antes de borrar nada.
SES.Hospedajes
Las comunicaciones se hacen a través de SES.Hospedajes, la plataforma del Ministerio del Interior, que se activó el 2 de diciembre de 2024 según la nota de prensa de La Moncloa.
Sanciones
El régimen sancionador está en la Ley Orgánica 4/2015:
- no llevar los registros o no hacer las comunicaciones es infracción grave (art. 36.20), con multa de 601 a 30.000 € (art. 39.1);
- las irregularidades en su cumplimiento son infracción leve (art. 37.9), con multa de 100 a 600 €.
Con un buen procedimiento es fácil cumplir: un formulario previo a la llegada, una revisión el día de entrada y el envío en el momento.
Cómo cuidar la privacidad de tus huéspedes
Vas a manejar documentos de identidad, teléfonos y correos de personas que confían en ti. Más allá de lo que exija cada norma, hay hábitos sencillos que reducen riesgos:
- pide solo los datos que hacen falta para el registro;
- explica al huésped para qué los pides;
- evita guardar fotos de pasaportes en el móvil o en chats de mensajería;
- limita quién tiene acceso a esa información;
- borra lo que ya no necesites cuando termine el plazo que te aplique, y consulta con un profesional si tienes dudas sobre protección de datos.
Cómo lo hacemos en Canarias Prime Homes
En las viviendas que gestionamos, registramos a los viajeros en el sistema oficial, SES.Hospedajes, como parte de la gestión, así que tú no tienes que estar pendiente de cada reserva. Es una tarea más que se suma a todas las demás cuando llevas la vivienda tú, como contamos en gestionar tu vivienda desde fuera.
En nuestra experiencia, la mayoría de los huéspedes entiende sin problema que se le pidan los datos cuando se le explica antes de llegar que es una obligación legal en España. Lo que genera fricción es pedírselos con prisas en la puerta.
Para lo demás que exige la ley a una vivienda vacacional, tienes nuestras guías sobre la licencia y sobre la comunidad de propietarios.
Información general actualizada a 5 de octubre de 2026. No sustituye el asesoramiento de un abogado.
Fuentes y notas
- Real Decreto 933/2021 (BOE nº 257 de 27/10/2021): texto en el BOE. Arts. 2.1, 5.3, 5.4 y 6.3 y anexo I.
- Activación de SES.Hospedajes: nota de prensa de La Moncloa, 02/12/2024.
- Ley Orgánica 4/2015, arts. 36.20, 37.9 y 39.1: texto en el BOE.
- Los consejos de privacidad son recomendaciones prácticas, no un análisis jurídico de protección de datos.
- Las observaciones marcadas como «en nuestra experiencia» proceden de nuestro trabajo diario con propietarios; no son estadísticas.